El uso de las TICs en el ámbito del Compliance

Los avances tecnológicos imponen el uso de las TICs en el ámbito del Compliance

El constante avance de la tecnología y la aparición de nuevas herramientas imponen el uso de las TICs en el ámbito del Compliance.

Ya desde los años 80, las Tecnologías de la Información y Comunicación han ido invadiendo nuestras vidas. A día de hoy, su uso es generalizado, tanto a nivel personal, como profesional, empresarial y de los negocios.

El uso de las TICs en el ámbito del ComplianceAsí, si intentamos incluirlas en un listado, éste sería interminable: desde la computación informática y la telefonía móvil inteligente, hasta la robótica, la realidad virtual , la impresión 3D y los sistemas de almacenaje mediante cloud, pasando por la tecnología blockchain, bigdata, sistemas saas, inteligencia artificial, deep-learning, reconocimiento facial, etc.

Por tanto, estamos ante herramientas y/o programas que tratan, administran, almacenan, transmiten y comparten la información (no solo lenguaje textual, sino también audiovisual, multimedia, hipertexto, etc.) mediante soportes tecnológicos.

Por supuesto, su uso implica numerosas ventajas (inmediatez en las comunicaciones, mejor acceso a la información, interacción global, etc.), pero también ciertos inconvenientes (niveles más alto de ciberseguridad, dependencia tecnológica, etc).

Algunas de las características intrínsecas del empleo de las TICs son la trazabilidad y la perdurabilidad infinita de la información empleada, o lo que se ha denominado como “huella o identidad digital”. Gracias a ello, podemos disponer, casi de forma inmediata, de determinada información acerca de una persona y/o una empresa. Y nos permiten conocer a esas personas y/o empresas más y mejor, tanto para lo bueno como para lo malo. Aunque no seamos conscientes, todos tenemos nuestra propia “huella o identidad digital” viajando por la red.

¿Y si usamos las TICs para ejercer una mejor función de Compliance?

Algunos dirán que con ello se pretende sustituir al experto. Otros negarán que sea posible técnicamente. O simplemente que es demasiado costoso.

Sin embargo, y desde nuestro punto de vista, las TICs no sustituirán jamás la opinión experta, sino, en cualquier caso, la harán mejor. Y sí, esa funcionalidad ya es completamente posible hoy. Además, a un coste relativamente razonable en términos costo-efectivos.

La prueba es que cada vez es más usual que los profesionales nos auxiliemos de herramientas tecnológicas que nos permiten un mejor desempeño de nuestras funciones. Por ejemplo, y en relación al ámbito del Compliance, existen multitud de programas informáticos y plataformas digitales que, entre otras funcionalidades:

  • Ayudan a la gestión de los riesgos en la empresa.El uso de las TICs en el ámbito del Compliance
  • Sirven como repositorios de prueba, con certificación digital.
  • Gestionan de forma segura, exhaustiva y confidencial o anónima la recepción de denuncias internas y externas.
  • O almacenan datos que permiten chequear posibles conflictos de intereses.

En este sentido, las leyes y estándares internacionales sobre prevención del blanqueo, la corrupción y el soborno, Compliance y Whistleblowing se han tornado cada vez más severas y exigentes. Y a consecuencia de ello, millones de empresas y profesionales en todo el mundo se ven obligadas a aplicar procedimientos de identificación de personas y/o empresas que, potencialmente, pueden suponer un riesgo para sus actividades y negocios.

Por ello, si con el empleo de estas herramientas conseguimos, entre otras mejoras, obtener más y mejor información sobre nuestros proveedores, descartar operaciones que pueden resultar arriesgadas, y/o mejorar la selección de nuestro personal y directivos, etc., es cuestión de tiempo que se generalice el uso de las TICs en el ámbito del Compliance.

Rafael Sánchez Sevilla
Abogado y Consultor de Compliance
Socio Director de SÁNCHEZ SEVILLA Defensa Penal & Compliance
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